Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó este 12 de agosto la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar. A través de un comunicado en X, la máxima entidad judicial de México apuntó que decidió aprobar la transferencia de recursos de cuentas de retiro no reclamadas al cumplir 70 años para afiliados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), y de 75 para los vinculados al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (Issste).
Los ahorros siguen siendo propiedad de los trabajadores
En su mensaje, la Corte precisó que la actual reforma no permite que el Estado se apropie de los referidos recursos, pues solamente cambia la institución que los administra de acuerdo con la Acción de Constitucionalidad 116/2024. Al respecto, la SCJN acotó que los ahorros siguen siendo propiedad de los trabajadores o sus beneficiarios y pueden ser reclamados en cualquier momento.
Derecho a la seguridad social no puede comprometer estabilidad financiera del Estado
A propósito, sobresale que la Suprema Corte de Justicia de la Nación también declaró constitucional en esta fecha el tope que limita la suma de dos pensiones para personas afiliadas al IMSS, al establecer que la jubilación por años de servicio, así como la pensión por riesgo de trabajo, no pueden superar el salario de su categoría.
En el comunicado del organismo judicial se detalla que el derecho de las personas a la seguridad social debe garantizar condiciones de vida dignas, pero sin comprometer la estabilidad financiera del Estado.
Fuente: Tribuna
