Ciudad de México.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión aprobó este miércoles 19 de agosto, la renuncia de Mónica Soto como magistrada de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). La votación registró 26 votos a favor, cinco en contra y cinco abstenciones, además de una ausencia. Con ello, Soto dejará formalmente el cargo el próximo 31 de agosto.
¿Cómo fue la votación por Mónica Soto?
Los cinco votos en contra correspondieron a legisladores del PRI, Movimiento Ciudadano y a la senadora Lilly Téllez, mientras que cinco integrantes del PAN se abstuvieron. El diputado priista Christian Mishel Castro fue el único integrante que no estuvo presente durante la votación.
La aprobación se dio después de que Soto presentó su renuncia ante el Senado, argumentando que decidió concluir un ciclo profesional y jurisdiccional. También informó que dejará la vicepresidencia de la Asociación de Magistradas de las Américas.
Cuestionan que no haya “causa grave”
La renuncia generó cuestionamientos del ministro en retiro Javier Laynez Potisek, quien señaló que la carta de Soto no expone una “causa grave” para justificar su salida. Recordó que el artículo 98 constitucional establece que las renuncias de magistrados del Tribunal Electoral solamente proceden por causas graves y deben ser aprobadas por el Senado o, durante sus recesos, por la Comisión Permanente.
Laynez cuestionó que se interpreten las normas “a conveniencia” y sostuvo que Soto únicamente señaló que tomó la decisión de concluir un ciclo. El planteamiento abre un debate sobre los requisitos constitucionales para la salida anticipada de una magistratura electoral.
Soto dejará cinco magistraturas en la Sala Superior
Con la salida de Mónica Soto, la Sala Superior del TEPJF quedará integrada por cinco de sus siete magistraturas: Gilberto Bátiz, Claudia Valle, Felipe de la Mata, Felipe Fuentes y Reyes Rodríguez.
El periodo de Soto originalmente concluía en octubre de 2025, pero fue extendido hasta 2028 a raíz de las reformas constitucionales de 2024 y 2026. La vacante que dejará su salida deberá atenderse conforme al procedimiento correspondiente.
¿Qué restricciones tendrá tras dejar el cargo?
La legislación electoral establece restricciones para quienes concluyen funciones como magistrados electorales. El artículo 18 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales señala que durante los dos años siguientes no podrán ocupar determinados cargos públicos en los poderes Ejecutivo o Legislativo relacionados con elecciones que hayan calificado o en las que hayan participado.
La misma disposición contempla restricciones para asumir dirigencias partidistas o ser postulados a cargos de elección popular durante ese periodo. Por ahora, la salida de Soto quedará formalizada el 31 de agosto, una vez que concluya su responsabilidad en la Sala Superior.

Fuente: Tribuna
