Estado de México.- El despacho Mendieta y Abogados confirmó este 21 de agosto la solicitud para que la audiencia inicial de su cliente, el contraalmirante Fernando Farías Laguna, fuera pública y no privada como lo había pedido la Fiscalía General de la República (FGR). El equipo de abogados argumentó que existe una incongruencia legal en cerrar la audiencia cuando el procedimiento ha sido público desde la primera acusación.
Los representantes legales de Farías Laguna indicaron que “debe prevalecer la coherencia en todo momento”, pues si el caso se ha hecho público para acusar y dar información sobre el proceso, la audiencia no debería convertirse ahora en un “acto reservado sin una justificación jurídica clara”. Esta posición refleja una estrategia defensiva que busca mantener la transparencia del proceso judicial en todas sus etapas.
La petición de la FGR para hacer privada la audiencia contrasta con la naturaleza pública que ha caracterizado el caso desde su inicio. Los abogados subrayan que el principio de congruencia procesal requiere que los actos del juicio mantengan coherencia en cuanto a su carácter, especialmente cuando no existe fundamento legal sólido para el cambio.
Fernando Farías Laguna es acusado de encabezar una red de huachicol fiscal que operó en cinco estados de México. Tras un largo periodo de trámites y reclamos, Farías Laguna llegó a México deportado de Argentina el 21 de agosto a las 3:00 hora local, y fue trasladado de inmediato hacia el penal del Altiplano en el Estado de México; recinto donde se encuentra su hermano, el exvicealmirante Manuel Roberto Farías, también señalado por el delito de delincuencia organizada en materia de hidrocarburos.
¿Cuál es la posición de la Fiscalía en este conflicto?
La Fiscalía General de la República le ha dado un tratamiento público al caso desde el primer momento, pero solicitó que la audiencia inicial de este 21 de agosto en el Altiplano sea privada. La dependencia judicial no ha detallado los argumentos específicos detrás de esta petición.
Este desacuerdo entre la defensa y la Fiscalía sobre el carácter de la audiencia representa un conflicto común en procedimientos penales complejos, donde ambas partes tienen intereses distintos respecto a la visibilidad y transparencia del proceso judicial.
¿Qué implica la publicidad de una audiencia en el derecho penal mexicano?
En el sistema penal acusatorio mexicano, el principio de publicidad de las audiencias es fundamental para garantizar el acceso a la justicia y la rendición de cuentas. Las audiencias públicas permiten que abogados, periodistas y ciudadanía en general presencien y documenten los procedimientos judiciales.
Las excepciones a la publicidad se conceden únicamente cuando existen razones específicas: protección de víctimas menores de edad, resguardo de información clasificada relacionada con seguridad nacional o circunstancias que justifiquen la protección de datos personales sensibles.
Los abogados de Farías Laguna enfatizan que la FGR no ha presentado una justificación jurídica clara y suficiente que legitime el cierre de la audiencia. Esta argumentación se alinea con el derecho penal mexicano, que favorece la máxima publicidad de los actos procesales cuando no existe una causa excepcional.
El juzgado competente deberá resolver si acepta la solicitud de la defensa para mantener la audiencia pública o resuelve acceder a la petición de la Fiscalía de hacerla privada. La decisión del tribunal sentará precedente respecto a los criterios para determinar cuándo una audiencia puede ser clausurada en casos de relevancia pública.
Fuente: Tribuna
