Ciudad de México.- El Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) aprobó este miércoles 26 de agosto los Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias, después de una consulta pública. La Comisión precisó que no intervendrá automáticamente ante cualquier inconformidad y que su participación ocurrirá cuando una audiencia solicite apoyo porque el medio incumplió el procedimiento establecido para atender una queja.
¿Cuándo podrá intervenir la CRT ante una queja?
El procedimiento comienza cuando una persona presenta una queja ante la Defensoría de Audiencias. La audiencia tendrá 7 días para presentar su inconformidad, mientras que la Defensoría solicitará un informe al medio, analizará el caso y, si determina que se vulneró un derecho, emitirá una recomendación.
La Defensoría contará con un plazo máximo de 20 días para atender la queja. Si el medio responde, el procedimiento concluirá; pero si no lo hace, la audiencia podrá solicitar la intervención de la CRT para que se cumpla el mecanismo de atención. La comisionada presidenta, Norma Solano Rodríguez, explicó que esta precisión quedó incorporada en el artículo 12.
¿Qué derechos deberán proteger los medios?
Los lineamientos contemplan derechos como recibir información veraz, distinguir entre publicidad y contenido, diferenciar información noticiosa de opinión y respetar el interés superior de la niñez y la no discriminación. También incluyen el derecho a contenidos plurales, réplica, calidad de video y audio, así como subtitulaje, doblaje al español y lenguaje de señas mexicano.
Los medios deberán contar con Defensoría de Audiencias, Código de Ética y mecanismos para recibir y atender quejas. Las personas defensoras deberán conducirse bajo principios de imparcialidad, independencia, objetividad y transparencia, además de evitar conflictos de interés.
¿La CRT podrá revisar contenidos de radio y televisión?
De acuerdo con la Comisión, los nuevos lineamientos no establecen un mecanismo para revisar contenidos ni permiten tomar decisiones editoriales. La distinción entre información noticiosa y opinión podrá realizarse mediante avisos, plecas, cortinillas u otros elementos; en radio también podrán utilizarse recursos sonoros.
La CRT sostuvo que las reglas no contienen elementos de censura, sino que establecen mecanismos para que las audiencias conozcan y ejerzan derechos ya reconocidos. La aprobación ocurrió después de una consulta pública realizada del 27 de julio al 21 de agosto, en la que se recibieron 8 mil 889 participaciones: 94.7 por ciento fueron puntos de vista y 5.3 por ciento correspondieron a propuestas.
Con las observaciones recibidas, la Comisión realizó precisiones a la propuesta antes de aprobar la versión definitiva de los lineamientos. Las nuevas disposiciones establecen así un procedimiento formal para la defensa de las audiencias, con la Defensoría como primera instancia y la CRT como autoridad de intervención cuando ese mecanismo no sea atendido.
Fuente: Tribuna
