Ciudad de México.- Las fotografías de Yeri Mua semidesnuda con la Bandera de México, publicadas por las fiestas del 15 de septiembre, abrieron una duda concreta entre usuarios: si ese uso del símbolo patrio puede derivar en una sanción legal. Hasta ahora, la influencer no ha recibido ninguna multa ni castigo oficial, pero la legislación mexicana sí contempla sanciones cuando la Bandera Nacional se usa de forma indebida.
El punto clave es que la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales no menciona de manera específica que posar desnuda o con poca ropa cubriéndose con la bandera sea, por sí mismo, una infracción automática. Aun así, el caso podría ser revisado por la autoridad según las circunstancias concretas del uso que se dio al lábaro patrio.
¿Qué pasó con las fotos de Yeri Mua?
La cantante e influencer compartió imágenes en las que aparece acostada sobre la bandera y en otras donde la usa para cubrir parte de su cuerpo. Las publicaciones provocaron críticas en redes sociales, donde usuarios la acusaron de sexualizar la bandera y de darle un uso no permitido.
Tras la reacción negativa, Yeri Mua eliminó las fotografías de su cuenta de Instagram, aunque la conversación continuó en X.
¿Qué dice la ley sobre el uso de la Bandera Nacional?
La legislación vigente, cuya última reforma fue publicada el 21 de julio de 2025, establece en su artículo 1 que el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales son símbolos patrios y regula sus características, difusión y uso.
En el caso de la bandera, el artículo 3 señala que se trata de un rectángulo dividido en tres franjas verticales de igual tamaño, en colores verde, blanco y rojo, con el Escudo Nacional al centro de la franja blanca.
El artículo 32 permite a las personas físicas usar la Bandera Nacional en vehículos o exhibirla en sus lugares de residencia o trabajo, siempre que se le dé el respeto correspondiente. Además, el artículo 32 Bis indica que personas físicas e instituciones no pueden usarla para promover su imagen, bienes o servicios.
El artículo 56 enumera las conductas consideradas infracciones. Entre ellas están alterar las características de la bandera, usar el Escudo Nacional sin autorización, comercializar ejemplares con ciertas inscripciones y utilizar la bandera para promover imagen, bienes o servicios en contra de la ley.
Por eso, el caso de Yeri Mua no se resuelve con una regla automática: tendría que analizarse si las fotos encuadran en alguna de esas conductas.
¿De cuánto podría ser la multa y quién decide?
La ley prevé distintas sanciones. De acuerdo con el artículo 56 Quintus, una infracción puede castigarse con multa de hasta 10 mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), además de una multa adicional de hasta 10 mil UMA por cada día que persista la infracción, un apercibimiento y arresto de hasta 36 horas.
Para 2026, el Inegi fijó el valor diario de la UMA en 117.31 pesos. Eso significa que 10 mil UMA equivalen a 1 millón 173 mil 100 pesos. Sin embargo, ese monto corresponde al máximo que permite la ley y no a una sanción automática para cualquier caso.
El artículo 56 Ter establece que la Secretaría de Gobernación debe valorar factores como la gravedad de la conducta, los daños o perjuicios ocasionados a los símbolos patrios, la intención, la capacidad económica y la reincidencia.
También hay otro punto que generó discusión: en algunas imágenes la bandera parece estar en el piso. Aunque la ley insiste en que debe tratarse con respeto —por ejemplo, el artículo 27 señala que en desfiles el abanderado debe evitar que toque el suelo—, no existe una multa específica automática solo por ese hecho. En todo caso, sería un elemento más dentro de la valoración de la autoridad.
Hasta el momento, Yeri Mua no ha sido multada ni sancionada oficialmente por estas fotografías.
La propia ley establece que corresponde a la Secretaría de Gobernación vigilar su cumplimiento, y que el procedimiento para imponer sanciones se tramita conforme a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
En resumen, las fotos no implican por sí solas una multa inmediata, pero sí podrían ser revisadas si la autoridad considera que hubo un uso de la Bandera Nacional contrario a la legislación.
Fuente: Tribuna
