Ciudad de México.- La Sala Superior del Tribunal Electoral ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) incorporar a representantes de los partidos políticos en la Comisión de Verificación de Integridad en Candidaturas, conocida como comisión ‘antinarco’. La decisión revierte el acuerdo previo del Consejo General del INE, que había excluido a los partidos de ese órgano pese a que sus resultados servirán para decidir qué personas pueden ser postuladas.
Esta comisión recibe las listas de precandidatos, candidatos y suplentes que envían los partidos y las canaliza a instituciones económicas y de seguridad, con el fin de detectar si alguno de los perfiles representa un riesgo por presuntos nexos con el crimen organizado o por aparecer en investigaciones.
¿Qué resolvió el Tribunal y por qué cambió la integración?
El cambio ocurrió después de que Movimiento Ciudadano (MC) y el Partido del Trabajo (PT) impugnaron la decisión del INE. Ambos argumentaron que no existía impedimento legal para que los partidos participaran en esa comisión, ya que normalmente forman parte de las comisiones con voz y sin voto, salvo en la de Fiscalización.
Al resolver el caso, la Sala Superior concluyó que la exclusión fue indebida. En su determinación, señaló que la autoridad administrativa electoral se excedió al imponer una restricción que no estaba prevista expresamente en la ley.
El Tribunal sostuvo que los partidos sí deben estar presentes en el procedimiento porque la información derivada de la verificación será usada por ellos mismos para tomar decisiones sobre sus candidaturas.
¿Cómo operará la comisión y quién podrá conocer los nombres?
De acuerdo con el esquema descrito, los tres consejeros que integran la comisión no podrán acceder a los listados de aspirantes ni a la información que devuelvan las autoridades. Su función se limitará a avalar la recepción y el envío de la documentación.
La única instancia que conocerá los nombres de las personas sujetas a revisión será la Secretaría Ejecutiva, encargada de confirmar que cumplan con los requisitos y de verificar que exista una carta de consentimiento para analizar su perfil.
El objetivo del mecanismo es que las autoridades revisen si los aspirantes presentan indicios de riesgo, ya sea por posibles vínculos con el crimen organizado o por aparecer en alguna investigación.
El argumento sobre confidencialidad y la postura del magistrado Reyes Rodríguez
Durante la discusión, el magistrado Reyes Rodríguez reconoció la preocupación del INE por resguardar la confidencialidad de la información sensible que circulará en este procedimiento. Sin embargo, consideró que esa protección debe garantizarse con otras medidas de seguridad, no con la exclusión de los partidos.
Según su argumento, los partidos políticos deben asumir decisiones responsables sobre las personas que postularán, y la verificación busca darles elementos sobre posibles riesgos razonables asociados con los perfiles que voluntariamente se sometan a revisión.
Con esta resolución, el INE deberá ajustar la integración de la Comisión de Verificación de Integridad en Candidaturas para incluir a las representaciones partidistas, aunque sin modificar las restricciones de acceso a los nombres y a los reportes sensibles que genere la revisión.
Fuente: Tribuna
