Zacatecas, Zac.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la constitucionalidad de una reforma al sistema estatal de pensiones de Zacatecas que reduce de 60 a 30 días de aguinaldo para quienes se jubilen bajo el nuevo esquema. La medida corresponde al IsssteZac y no modifica las prestaciones de los pensionados actuales ni las pensiones federales.
¿A quiénes afecta la reducción del aguinaldo?
La modificación se aplicará a las personas que comiencen a recibir una pensión bajo las nuevas reglas establecidas por la legislación de Zacatecas después de la entrada en vigor de la reforma local. Para este grupo, la prestación anual pasará de un equivalente de 60 días a 30 días de aguinaldo, de acuerdo con el esquema validado por la Corte.
En cambio, los pensionados que actualmente reciben su prestación no están incluidos en la modificación. Tampoco se contempla afectar a quienes ya habían cumplido los requisitos para jubilarse bajo el régimen anterior, debido a la protección de los derechos adquiridos y al principio de no retroactividad de la ley.
¿Por qué se redujo el aguinaldo de los futuros pensionados?
La reforma fue planteada ante la situación financiera del sistema estatal de pensiones y la necesidad de garantizar su viabilidad en el largo plazo. Entre los factores que presionan a los sistemas pensionarios se encuentran el aumento de la expectativa de vida y la relación entre trabajadores activos y personas jubiladas.
Bajo este escenario, el ajuste de 30 días en la prestación, equivalente a pasar de 60 a 30 días, fue considerado dentro de la reforma como una medida para reducir la presión financiera del sistema. La resolución de la SCJN, según el material proporcionado, determinó que la modificación no elimina el derecho a la seguridad social ni al aguinaldo, sino que establece un nuevo monto para quienes queden sujetos al régimen reformado.
¿Los pensionados actuales perderán la mitad de su aguinaldo?
No. La reducción no se aplica de manera retroactiva a quienes ya reciben una pensión bajo el esquema anterior. Por ello, los pensionados actuales mantienen las condiciones bajo las cuales adquirieron su derecho, mientras que el nuevo cálculo corresponde a quienes se incorporen al régimen posterior a la reforma.
La diferencia es relevante porque la resolución no establece una reducción general para todas las personas jubiladas del país. El alcance depende de la legislación local que fue analizada por la Suprema Corte y de la fecha en que cada trabajador adquirió su derecho pensionario.
¿La resolución afecta al IMSS y al Issste?
La decisión de la Corte corresponde exclusivamente al sistema estatal de pensiones de Zacatecas, por lo que no modifica directamente las reglas de jubilación del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ni del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste).
Por ahora, el cambio se limita al régimen previsto por el IsssteZac. El criterio judicial podría ser considerado en futuras discusiones sobre otros sistemas estatales con problemas financieros, pero cualquier modificación tendría que derivar de la legislación aplicable y de los procesos jurídicos correspondientes.
Así, el punto central de la resolución es que el aguinaldo de 60 días se reduce a 30 días únicamente para quienes queden sujetos al nuevo esquema de pensiones de Zacatecas, mientras los derechos pensionarios ya adquiridos permanecen protegidos.

Fuente: Tribuna
