Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló este martes 13 de octubre de 2026 la prohibición de vender comida chatarra en escuelas de todo el país, incluidas preparatorias y universidades, al resolver tres amparos en revisión promovidos por empresas inconformes con los lineamientos federales emitidos en septiembre de 2024.
Con esta decisión, la SCJN confirmó que la restricción a la venta de productos procesados con sellos dentro de los planteles educativos es constitucional y que no impide su comercialización de forma general, sino únicamente en espacios escolares a cargo del Estado.
¿Qué resolvió la Suprema Corte sobre la venta de comida chatarra?
El pleno estudió tres amparos en revisión, todos bajo la ponencia de la ministra María Estela Ríos, presentados por empresas afectadas por la restricción a la distribución de estos productos en escuelas.
Las compañías argumentaron que los lineamientos vulneraban principios de legalidad, seguridad jurídica, irretroactividad de la ley y también la autonomía de niñas, niños y adolescentes, así como su libre desarrollo de la personalidad.
La Corte concluyó que las empresas carecen de legitimación para reclamar presuntas afectaciones a derechos de terceros, en este caso, los estudiantes. Además, los ministros consideraron que la medida es válida porque no establece una prohibición absoluta del consumo o comercio de esos productos, sino una regulación específica dentro de las escuelas.
¿Por qué la medida también aplica en preparatorias y universidades?
Uno de los puntos centrales del fallo fue que la protección al derecho a la salud y a una alimentación adecuada permite al Estado fijar reglas sobre lo que se vende al interior de los planteles, incluso cuando se trata de estudiantes de educación media superior y superior que ya son mayores de edad.
El ministro Giovanni Figueroa Mejía sostuvo que la decisión fija un criterio para proteger el derecho a una alimentación nutritiva y de calidad.
En la discusión, la ministra Loretta Ortiz Ahlf señaló que, aunque en muchas instituciones de educación superior predominan personas mayores de edad capaces de decidir libremente sobre su alimentación, esa libertad no siempre puede ejercerse en condiciones materiales efectivas.
La Corte también subrayó que la medida responde al problema de sobrepeso y obesidad en México y busca crear entornos escolares saludables.
¿Qué cambia tras el fallo y qué dijo la SEP?
En términos prácticos, la resolución mantiene vigente la prohibición de vender productos procesados con sellos y denominados chatarra dentro de los planteles educativos de todos los niveles. Esto incluye escuelas básicas, bachilleratos, preparatorias y universidades.
La decisión no prohíbe de manera general la comercialización ni el consumo de estos productos fuera de las escuelas, por lo que las empresas pueden seguir vendiéndolos fuera de los planteles.
Tras el fallo, la Secretaría de Educación Pública celebró la resolución. En un comunicado, el titular de la dependencia, Mario Delgado, afirmó que la decisión fortalece la construcción de entornos escolares saludables y refrenda el compromiso de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo con el derecho a la salud y a la alimentación adecuada de niñas, niños, adolescentes y jóvenes.
Fuente: Tribuna
